En el singular
Aprobación de la moción de la Concejala Blanca Paucar, que señala las siguientes resoluciónes: Artículo 1. Exhortar al señor Alcalde para que en el marco de sus atribuciones como máxima autoridad del Distrito Metropolitano de Quito, disponga a la Empresa Pública Metropolitana de Hábitat y Vivienda, la Secretaria General de Seguridad y Gobernabilidad y Secretaría General de Coordinación Territorial y Participación Ciudadana, presenten en el término de 15 días, ante el Concejo Metropolitano las estrategias, mecanismos y planificación a fin de realizar la entrega inmediata de las viviendas a los beneficiarios del Plan de Relocalización y con enfoque a los grupos de atención prioritaria Artículo 2. Exhortar al Directorio de la Empresa Pública Metropolitana de Hábitat y Vivienda, con base en los informes técnicos y jurídicos, en relación al precio de las viviendas de relocalización, en el proyecto Victoria del Sur, que aplique lo dispuesto en el artículo IV.5.2, del Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito, que expresamente dispone: “(…) El precio de venta de la vivienda habitable no podrá exceder de 1.25 salarios mínimos básicos unificados por metro cuadrado de construcción cubierta, incluido el terreno urbanizado y el aporte de suelo para otros fines, ni podrá ser mayor al precio máximo establecido por el MIDUVI para postular al Bono.(…)”.
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